TODO LO QUE PUEDES PRECISAR SOBRE EL SARS-CoV-2 (COVID-19)

La irrupción imprevista de un hecho tan importante como es una pandemia mundial como el COVID-19 ha trastocado, más allá de la salud, a toda la sociedad y en particular a la economía y a los trabajadores.

Las empresas y sus trabajadores tienen el derecho y el deber de adaptarse a las medidas de protección y prevención que de acuerdo con la normativa vigente y la que nos irá llegando, se nos exigirá de cumplir.

En el caso de la prevención de riesgos laborales, el COVID-19 presenta una repercusión muy importante. Por eso, como Servicio de Prevención de Riesgos homologado, ERGO LABORIS ha trazado y puesto a disposición de sus clientes y empresas interesadas todas las soluciones necesarias para proteger a su organización llevando a cabo diferentes acciones:

Evaluaciones de riesgo con recomendaciones y propuesta de medidas preventivas y correctoras respeto los riesgos detectados, información sobre las actualizaciones de normativas autonómicas, estatales y sectoriales que les puedan afectar, elaboración de Planes de contingencia específicos para sus instalaciones y su personal, entrega de manuales respeto las buenas prácticas en el teletrabajo, formaciones específicas presenciales, online o vía teleformación para proteger a todo su equipo,…. En definitiva, le AYUDAMOS A HACERLO FÁCIL.

Programa de Contingencias derivadas del COVID-19

La lucha contra el COVID-19 solo será efectiva si hacemos un frente colectivo. Seguimos al lado de la seguridad de los trabajadores y de las responsabilidades de sus empresarios y, como hemos hecho siempre, para la salud y la legalidad.

1. Elaboración del Plan de Contingencia adaptado a la empresa tal y como indica el Ministerio de Sanidad; identificando el riesgo de exposición al virus de las diferentes actividades que se desarrollen en el centro de trabajo y qué medidas de protección se adoptan de acuerdo con la normativa aplicable en cada momento y en cada sector empresarial.
2. Difusión del Plan de Contingencia a todo el personal y dirección conjuntamente, mediante correo electrónico o una reunión virtual.
3. Organización de las pruebas del test COVID-19. Se pueden hacer con los mismos RRMM ordinarios o a parte. * El coste de estas pruebas no se incluyen en el precio de este Programa.
4. Reuniones virtuales trimestrales con el Médico del Trabajo para resolver las dudas que puedan ir surgiendo.
5. Cartel acreditativo de cumplimiento del Programa.
6. Certificación conforme la empresa dispone de los EPIs adecuados y necesarios para la prevención del COVID-19 y su plantilla ha sido informada de su uso y mantenimiento.
7. Asesoramiento técnico, legal y médico ante actuaciones o requerimientos de Inspección de Trabajo relacionadas directamente con el Covid-19. No incluye defensa jurídica, peritajes ni redacción de recursos pero sí la colaboración con los expertos que designe la empresa o que le facilitemos nosotros.
8. Formación/información online o a distancia sobre la prevención del Covid-19 en espacios de trabajo, el correcto uso de EPIS, la reincorporación al trabajo según el sector, la identificación de los riesgos específicos así como las medidas preventivas a adoptar para reducirlos y eliminarlos, etc.
9. Asesoramiento y formación en gestión emocional a distancia sobre los efectos de la pandemia del COVID-19.
10. Evaluación psicosocial de impacto emocional del COVID-19 y del teletrabajo.
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11. Ventana abierta de asesoramiento con nuestro Dep. Medicina del Trabajo mediante un correo específico con compromiso de respuesta individual y anónima (entra en contrato SPA).
12. Preparación de los protocolos individuales por si conviene la realización de test COVID-19 escogiendo el procedimiento adecuado a cada caso (entra en contrato SPA).
13. Notificación permanente a la empresa de los cambios normativos y novedades vinculadas al impacto del COVID-19 en el ámbito laboral (entra en contrato SPA).
14. Evaluación específica de riesgo biológico (entra en contrato SPA).

Pruebas de detección del COVID-19

Llevamos a cabo las siguientes pruebas de diagnóstico del COVID-19

PCR: De manera general, la PCR se considera la técnica Gold Standard para el diagnóstico de infección por SARS-CoV-2. Se trata de una prueba que detecta el material genético del virus SARS-CoV-2 en muestras respiratorias de personas con síntomas o asintomáticas. Tiene una fiabilidad alta, es muy sensible y específica. Se considera la técnica de referencia, puesto que detecta los casos positivos antes, cuando están en los primeros días de infección como portadores asintomáticos. En todo caso, las personas con resultado negativo tienen que seguir con todas las medidas de prevención, puesto que el virus se puede contraer y transmitir en cualquier momento.

Prueba de Antígenos: Se trata de una prueba que detecta las proteínas del virus. Permite identificar las personas que están sufriendo una infección por SARS-CoV-2, especialmente en los cinco primeros días de presentar síntomas. Los resultados son más rápidos, unos 20 minutos. Es una técnica menos sensible que la PCR para detectar la infección, tanto en pacientes asintomáticos como en pacientes con síntomas, especialmente si han aparecido hace más de 5 días. Un resultado negativo no descarta la presencia de la infección. Por otro lado, es importante tener presente que las personas con resultado negativo tienen que seguir con todas las medidas de prevención, puesto que el virus se puede contraer y transmitir en cualquier momento.

Test rápido de anticuerpos.

Serología de anticuerpos IgM e IgG mediante extracción de sangre (método ELISA): Se trata de una prueba que detecta anticuerpos contra el virus SARS-CoV-2 en la sangre. Permite determinar el estado inmunitario de la persona frente al virus. Tiene una utilidad fundamentalmente epidemiológica para conocer el estado inmunitario de la población. En determinadas circunstancias, puede ser un complemento para la interpretación de los resultados de la PCR. Se realiza con una muestra de sangre, que el profesional sanitario extrae con una jeringuilla. Los resultados pueden tardar unos minutos en unas horas, según la técnica que se utilice, y siempre tienen que ser interpretados por el profesional médico que ha prescrito la prueba. Es útil para saber si la persona ha pasado la enfermedad y tiene anticuerpos, pero no tiene ninguna utilidad en el diagnóstico de la infección activa.

Prueba de anticuerpos puesto-vacunación (proteína S).

Últimas guías de buenas prácticas y publicaciones oficiales por parte de la Generalitat y del Ministerio de Sanidad

Recomendaciones y medidas por sector de actividad, basadas en la información publicada por el Ministerio de Sanidad y organismos públicos de referencia, para garantizar la protección de la salud de toda persona trabajadora frente al COVID-19 en su reincorporación a la actividad laboral.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN
NORMATIVA ACTUALITZADA
RD 21/2020, 9 de junio, de medidas urgentes prevención, contención y coordinación para hacer frente crisis sanitaria COVID-19.

https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/boe-a-2020-5895-consolidado.pdf

Resolución 16 junio de 2020, Acuerdo Conferencia Sectorial Comercio Interior, pautas y recomendaciones sanitarias para ejercer actividad comercial.

https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/boe-a-2020-6612-consolidado.pdf

Real decreto ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda

https://www.boe.es/boe/dias/2020/07/08/pdfs/boe-a-2020-7432.pdf

Criterio técnico n.º 103/2020 sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social relativas al RD-Ley 21/2020

https://www.mites.gob.es/itss/itss/itss_descargas/atencion_ciudadano/criterios_tecnicos/ct_103_2020.pdf

Real decreto ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/09/23/pdfs/boe-a-2020-11043.pdf

Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/10/25/pdfs/boe-a-2020-12898.pdf

NORMATIVA GENERAL
 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
 Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
 Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
 Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en los puestos de trabajo.
 Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra la exposición de los agentes biológicos durante el trabajo.
 Real Decreto 773/1997, de 18 de julio por el cual se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud por el uso por parte de los trabajadores de Equipos de Protección Individual.
 Orden de 25 de marzo de 1998, por la que se adapta en función del progreso técnico lo Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, citado anteriormente.
 Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
 Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo, publicado por el Ministerio de Sanidad con actualización el 11 de abril del 2020.
 Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.